
Nuevo sistema de partes médicos
El nuevo sistema de partes médicos en los procesos de enfermedad laboral entró ayer en vigor, seis meses después de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicara la Orden Ministerial que regula el Real Decreto de gestión y control de procesos de incapacidad temporal. La aplicación de este Real Decreto, aprobado el 18/07/14, requería la puesta en práctica de los nuevos modelos de partes médicos de alta, baja y confirmación.
Los objetivos son reducir el absentismo en las empresas y rebajar el gasto en las prestaciones de la Seguridad Social.
La decisión final en la baja laboral por causas comunes, que es donde esté el mayor problema del gasto, la tiene el médico de la sanidad pública, pero las Mutuas tendrán un mayor control, pudiendo requerir al trabajador para que pase el reconocimiento médico, cuantas veces crean necesario y solicitar a la Seguridad Social que dé de alta al trabajador si lo estima conveniente.
El plazo del empleado para entregar a la empresa los partes de baja y de confirmación médica es de 3 días, en cambio, tiene 24 horas para presentar a la empresa el parte de alta.
El médico tendrá que determinar en el mismo momento de su expedición la duración estimada del proceso. Cuando la baja sea inferior a cinco días, el mismo médico podrá expedir un parte de baja y de alta; Si la baja dura hasta 30 días, el trabajador entregará a la empresa el primer parte de confirmación en un plazo de siete días, y el segundo, a partir de las dos semanas; Si dura 60 días de enfermedad, a partir del segundo parte de confirmación de la baja, el empleado tendrá un plazo de entrega a la empresa de 28 días. Transcurrido ese tiempo, el trabajador deberá entregar el segundo parte de baja, y sucesivos, cada 35 días.
El subsidio de incapacidad temporal, cualquiera que sea la contingencia de la que derive, causado por un trabajador en situación de jubilación parcial, será abonado en régimen de pago directo, en todo caso y por la duración que corresponda, por la entidad gestora o colaboradora pertinente.